El valor de afección de un vehículo accidentado

Valor de afección de un vehículo accidentado

El perjuicio que supone para el propietario de un vehículo que este sufra un accidente de tráfico varía en cada caso. Es por ello que a la hora de determinar el valor del automóvil no solo se tiene en cuenta su valor venal, sino que se calcula el llamado valor de afección.

En este artículo te explicaremos todo lo que debes saber sobre el valor de afección de un vehículo que ha tenido un siniestro.

¿Qué es el valor de afección de un vehículo accidentado?

Según la definición de la RAE, el valor de afección de un vehículo que ha tenido un accidente es el "plus en que se incrementa su valor venal cuando, tras haberse producido un siniestro total, no se opta por repararlo sino por la indemnización de tales valores". Así se define este concepto en el ámbito del Derecho mercantil.

Pues bien, el valor de afección de un vehículo que ha sufrido un accidente es el resultado de aplicar un porcentaje al valor venal del mismo.

Cuando un vehículo tiene un accidente, su valor venal es el que hubiera tenido el coche en el momento anterior al siniestro si se hubiera vendido. Es decir, sería su valor en el mercado de segunda mano.

Sin embargo, para el propietario de un vehículo, este tiene un valor que va más allá y que depende de factores como la utilidad que tenía el coche para él. Por lo tanto, el valor venal se rectifica aplicando un determinado porcentaje, según el caso, para obtener el valor de afección del vehículo.

¿Cuál es ese valor de afección?

Para calcular el valor de afección de un vehículo se aplica al valor venal un porcentaje que va del 10% al 50%.

Lo más habitual es aplicar un porcentaje del 30% o el 35% al valor venal del automóvil. Sin embargo, hay casos en los que se estima que dicho valor es superior, pudiendo alcanzar el 50%.

Del mismo modo, en aquellos casos en los que se considere que el valor de afección de un vehículo es casi nulo para su propietario, se podrá aplicar un porcentaje de tan solo el 10%.

¿Qué se tiene en cuenta para determinar el valor de afección?

Los principales criterios que la jurisprudencia ha establecido para calcular el valor de afección de un vehículo que ha sufrido un accidente son los siguientes, si bien habrá que tener presentes las particularidades de cada caso:

1. Características del vehículo y mejoras

Se atenderá a ciertas características objetivas, como pueden ser el estado del vehículo y su antigüedad. Como es lógico, no es el mismo el valor de un coche muy desatendido que el de otro que se encuentra bien cuidado, con el mantenimiento necesario e incluso con ciertas mejoras.

También se tendrá en consideración la utilidad que tiene el vehículo para su dueño. De esta manera, el valor de afección podrá responder a los perjuicios que haya sufrido el propietario a causa del accidente y también a su necesidad de comprar un nuevo vehículo.

2. Importe de reparación del vehículo

El propietario puede decidir reparar su vehículo. Ahora bien, si el arreglo tiene una cuantía excesiva, por lo que sería más interesante comprar un coche nuevo que repararlo, se tendrán en cuenta el valor venal y el porcentaje de afección.

La reparación realizada se debe pagar, según el Tribunal Supremo. Pero la mayor parte de los tribunales consideran que, si la reparación es ampliamente superior al valor de mercado del vehículo, debe establecerse una indemnización intermedia.

Es la llamada teoría ecléctica, según la cual, para calcular la indemnización se tendrán en cuenta ambos valores y se aplicará el que satisfaga la adquisición de un vehículo de características parecidas.

Según este criterio, la indemnización más equitativa debe satisfacer tanto la compra de un coche en condiciones similares al que ha tenido el accidente, como los gastos relacionados con la transmisión, matriculación y los impuestos que se deben pagar por el vehículo en un primer momento.

Límites a la reparación del vehículo accidentado

Por otra parte hay que tener en cuenta que, si bien el dueño del vehículo tiene derecho a repararlo, existen ciertos límites que se han ido definiendo a través de las sentencias de los tribunales:

  • Que la reparación no haya tenido lugar, o se presuma que no va a hacerse. Se trata normalmente de los casos en los que el coche no se va a volver a utilizar como tal.
  • El valor de la reparación no puede ser superior al precio del vehículo.
  • No puede haber una desproporción entre el valor venal y el valor de reparación. Dicha diferencia puede suponer un mal uso de este derecho, ya que conlleva mejoras por encima de las que corresponden según las condiciones y las características del vehículo antes del accidente.

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