Respuesta motivada a la reclamación de indemnización por accidente de tráfico

Respuesta motivada

La respuesta motivada es la respuesta de la aseguradora contraria, en la cual expresa sus razones, por medio de un documento escrito, del por qué no ofrece ninguna cantidad de dinero a modo de indemnización por un accidente de tráfico.

La reclamación previa a la compañía aseguradora del vehículo causante del accidente de tráfico es fundamental para hacer reclamaciones, incluso ante instancias judiciales.

Sin embargo, antes de que eso ocurra, la compañía aseguradora deberá emitir una respuesta positiva o negativa para la indemnización por las lesiones del perjudicado.

Dicha respuesta puede ser una oferta positiva motivada, que es cuando la aseguradora indemnizará con cierta cantidad de dinero al perjudicado o una respuesta negativa, que es la opción utilizada cuando consideran que no procede la indemnización o, en otras palabras, cuando la indemnización es rechazada.

¿Cuál es la respuesta motivada?

La respuesta motivada se produce cuando la aseguradora rechaza indemnizar a la otra parte y las razones son expresadas de forma clara y concisa en un documento.

Para llegar a esa conclusión, la aseguradora hace un análisis de la situación y, si bien cada caso es tratado de forma personalizada, hay ciertos aspectos o características que hacen más probable recibir una respuesta motivada.

En ese proceso de análisis, la aseguradora considera aspectos como los siguientes:

  • El accidente de tráfico, cómo se produjo, las circunstancias.
  • Si hubo o no hubo perjudicados.
  • Si la responsabilidad recae sobre el vehículo del asegurado.
  • Si hay relación de causalidad entre el accidente y los daños.
  • Valoración de los daños generales.

Después de analizar todos los aspectos anteriores, la aseguradora emitirá una resolución favorable o no para indemnizar a la otra parte. Cuando no se cumplen las condiciones mínimas o básicas, la empresa rechazará dicha indemnización a través de una respuesta motivada.

En la respuesta, la aseguradora deberá exponer los puntos del rechazo. En este sentido, deberá indicar el motivo que le impide hacer la indemnización, ya sea porque no está determinada la responsabilidad de su asegurado, porque no se haya podido cuantificar el daño o cualquier otra causa que justifique el rechazo.

Puede que el motivo del rechazo sea porque no es posible calcular el alcance de los daños generados a causa del accidente o por la dilatación del tiempo de proceso de curación.

En esos casos, la aseguradora deberá especificar más información y comprometerse a presentar una oferta motivada tan pronto haya respuesta de los daños causados; y hasta ese momento se debe informar motivadamente cada dos meses después del envío de la primera respuesta.

También la compañía deberá anexar de forma desglosada informes, incluyendo informes médicos que acrediten las razones de la respuesta motivada. Estos deben presentarse de forma detallada y adicionalmente incluirá una mención en la que no es necesario que el perjudicado dé una respuesta positiva o negativa.

Así como tampoco la respuesta motivada incide, de alguna forma, en el ejercicio de las acciones que puedan corresponder para hacer valer sus derechos.

Plazo para la respuesta motivada

La compañía aseguradora debe dar una respuesta a la persona que solicitó la indemnización en un plazo determinado. Éste puede ser de máximo tres meses para emitir la respuesta motivada o también la oferta motivada. Es decir, en ese período de tiempo la aseguradora debe analizar el caso, los informes y las evidencias para determinar la respuesta.

Así mismo, dentro de ese período de tiempo debe preparar el documento de respuesta en caso de rechazo, asegurándose de incluir todos los puntos necesarios para explicar su posición ante la otra parte.

Con la reclamación previa, el plazo de prescripción de la reclamación se interrumpe, por lo que ésta queda en suspenso y empezará a contar después de que la aseguradora emita una respuesta motivada a la persona asegurada.

Si bien el plazo de respuesta es de máximo tres meses, este tiempo no siempre se cumple de forma precisa, por lo que es relativamente común que la respuesta de la aseguradora se retrase por más tiempo.

Sin embargo, cuando esto ocurre, la consecuencia legal son los intereses moratorios. Por otro lado, es importante destacar que los intereses moratorios que se le imponen a las compañías son especiales y la razón de ello es que derivan una protección especial a la víctima.

Principales razones de los rechazos

Hay muchas posibles razones que pueden motivar un rechazo y aunque cada caso es analizado de forma individual, hay motivos comunes por los cuales una empresa aseguradora emite una respuesta motivada.

A continuación, vemos los más comunes:

  1. No es factible ni posible calcular o cuantificar la indemnización porque no se dispone de la información necesaria, y por lo tanto no es posible saber con certeza el importe del daño a cuantificar. Este motivo, sin embargo, puede ser el preludio a una futura oferta motivada, puesto que cuando la empresa logre recabar la información es factible que ofrezca una respuesta positiva.
  2. Otro motivo de rechazo es cuando las versiones del accidente son contradictorias y no existe una relación de causalidad o de causa y efecto entre el accidente de tráfico y los daños reclamados. Es común que las aseguradoras den este motivo cuando el accidente ha sido tan leve que no consideran que las lesiones sean generadas por el mismo.

Por otro lado, la persona afectada puede hacer una reclamación cuando no queda satisfecha con la respuesta de la aseguradora, ya sea ésta una respuesta motivada positiva o negativa, pero cuyo importe de indemnización no considere el adecuado.

En esos casos, el primer procedimiento es buscar un acuerdo a través de una mediación legalmente establecida y la segunda opción es la vía jurisdiccional para reclamar los perjuicios y daños considerados. En ambos casos, lo ideal es que el asegurado actúe bajo la asesoría de un abogado.

Conclusión

La respuesta motivada a la reclamación de indemnización por accidente de tráfico es un procedimiento sumamente común que las compañías aseguradoras utilizan cuando rechazan la indemnización del asegurador después de un análisis de la situación.

Ese rechazo puede ser definitivo o también quedar abierto a un cambio de respuesta en el futuro, en función de la información recabada.

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