¿Qué pasa si tienes un accidente de tráfico y das positivo en alcohol?

Positivo en alcohol tras accidente de tráfico

Conducir bajo los efectos del alcohol es una conducta que puede acarrear consecuencias graves. Si quieres saber qué sucede si se tiene un accidente de tráfico y se da positivo en alcohol, en este artículo encontrarás la información que buscas.

¿Cuándo se da positivo en alcohol?

Según la normativa actual, las tasas máximas de alcoholemia que se permiten en España son:

  • 0,5 gramos por litro en sangre o 0,25 miligramos por litro en aire espirado, de forma general.
  • 0,3 gramos por litro en sangre o 0,25 miligramos por litro en aire espirado, para conductores noveles y profesionales.

Si se da positivo en alcohol tras un accidente, ¿el seguro se hace cargo?

Para responder a esta pregunta tenemos que diferenciar entre:

Daños personales y materiales del propio conductor

Normalmente las compañías de seguros excluyen su responsabilidad sobre los daños que haya sufrido el propio conductor si este se encontraba bajo los efectos del alcohol o las drogas en el momento en que se produjo el accidente.

Por lo tanto, lo habitual será que la aseguradora tenga derecho a oponerse de hacerse cargo de las lesiones y los daños patrimoniales que haya sufrido el conductor en estos casos.

Daños personales y materiales provocados a terceros

La aseguradora no se puede negar a hacerse cargo de los daños que hayan sufrido terceras personas a consecuencia del accidente aunque el conductor dé positivo en alcoholemia, pero sí puede reclamarle posteriormente la cantidad que haya pagado.

Es decir, la compañía de seguros tiene el llamado derecho de repetición, que se encuentra contemplado en el artículo 43 de la Ley de Contrato de Seguro y el artículo 10.a) de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM).

Según lo dispuesto en el artículo 10 de la LRCSCMV, la compañía de seguros tiene un plazo de un año para ejercer la acción de repetición, desde el momento en que pagó la indemnización correspondiente al perjudicado.

¿Qué otras consecuencias tiene provocar un accidente estando bebido?

Esto dependerá de si la tasa arrojada es constitutiva de una infracción administrativa o de un delito tipificado en el Código Penal.

Si el resultado de la prueba no da lugar a un delito, conllevará una multa administrativa si se han superado los límites de alcoholemia previstos. Las sanciones son de 500 a 1.000 euros, y se retirarán entre 4 y 6 puntos del carnet de conducir.

Cuando la tasa de alcoholemia sea superior a 0,6 miligramos por litro en aire espirado o 1,2 miligramos por litro en sangre, se habrá cometido un delito tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal que conlleva pena de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la privación del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotores por entre 1 y 4 años.

Si además, al estar bebido y provocar el accidente se ha cometido otro delito (como las lesiones o el fallecimiento de otra persona), se impondrá la pena que corresponda al delito más gravemente penado (el de alcoholemia o el otro delito cometido) en su mitad superior, y se condenará a que se resarza la responsabilidad civil originada. Así lo establece el artículo 382 del Código Penal.

También es importante saber que no necesariamente hay que rebasar los límites de alcoholemia que vimos antes para cometer un delito de alcoholemia. El artículo 379 del Código Penal entiende que se ha cometido dicho delito en todo caso cuando se superen esos límites, pero sanciona de forma general a quienes conducen bajo la influencia de bebidas alcohólicas (entre otras sustancias).

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