Perjuicio personal básico

Perjuicio personal básico

Si sufres un accidente de tráfico uno de los daños personales indemnizables es el llamado perjuicio personal básico.

Antes de introducirnos en el tema que nos ocupa, queremos que conozcas los dos tipos de perjuicios personales derivados de un accidente de tráfico.

Tipos de perjuicios personales

En caso de accidente de tráfico, la Ley sobre Responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, distingue dos tipos de perjuicios personales:

1. Perjuicio personal básico

El perjuicio personal básico son los daños corporales sufridos desde el accidente de tráfico hasta su curación o estabilización, pero que no afectan demasiado a tu actividad diaria.

El perjuicio personal básico se equipará a una baja médica, pero no a una incapacidad laboral. Es decir, son los daños que no limitan tu día a día y te permiten continuar con tu vida laboral y personal.

2. Perjuicio personal particular

El perjuicio personal particular existe cuando el daño corporal sufrido por el accidente de tráfico te impide realizar, temporalmente, tu actividad diaria, por ejemplo, trabajar, estudiar...

Este daño indemnizable se divide en:

  • Muy grave (UCI).
  • Grave (hospitalización, hospitalización domiciliaria ambulatoria…).
  • Moderado (pérdida relevante de la capacidad necesaria para el desarrollo personal).

En consecuencia, la diferencia fundamental entre el perjuicio personal básico y particular radica en la declaración de incapacidad laboral.

Explicada la diferencia entre uno y otro perjuicio personal, entramos de lleno a explicar el perjuicio personal básico.

¿Quién valora las lesiones como un perjuicio personal básico?

La valoración de los daños corporales que hayas sufrido en un accidente de tráfico se realiza mediante un informe médico.

Debes recibir atención médica dentro de las 72 horas siguientes al accidente de tráfico. Es de gran importancia tu colaboración para la exploración médica.

Por tanto, será un médico quien valore los daños o lesiones sufridas como perjuicio personal básico o perjuicio personal temporal.

El servicio médico debe facilitarte un informe médico definitivo con la valoración de los daños sufridos y hacer constar que son consecuencia de un accidente de tráfico.

Dicho informe médico definitivo también lo proporcionará el centro médico a la compañía aseguradora responsable de pagar tu indemnización.

¿Qué se indemniza en el perjuicio personal básico?

Con la indemnización se pretende compensar el perjuicio ocasionado al lesionado como consecuencia de un accidente de tráfico.

El perjuicio personal básico da derecho a indemnización por lesiones temporales, por secuelas y por fallecimiento de la víctima del accidente.

Para determinar el importe de la indemnización se tendrán en cuenta los baremos establecidos en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre de Valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

El perjuicio personal básico en la valoración del daño personal (tanto en supuestos de fallecimiento como de secuelas o lesiones temporales) se estima en base a cuantías fijas que actúan como una base, un mínimo común múltiplo al que se irán adicionando otras sumas en función de los factores particulares de muy diverso tipo que concurran en el caso concreto.

Juan Torroba Díaz, abogado especialista en accidentes de tráfico

Indemnización por lesiones temporales

Las lesiones temporales son aquellas que, sin necesidad de baja laboral, te impiden desarrollar tu actividad diaria de forma plena por los daños sufridos.

Para calcular la indemnización se tendrá en cuenta el número de días transcurridos desde el accidente de tráfico hasta la curación o estabilización del daño sufrido.

El importe de la indemnización por cada día de perjuicio personal básico para el año 2023 es de 35,71€/día.

Ejemplo: sufres daños en un brazo en un accidente de tráfico, que te permiten ir a trabajar, pero necesitas acudir a rehabilitación durante 15 días. En este supuesto, te corresponde una indemnización de 535,65€ (35,71 x 15).

Indemnización por secuelas

Las secuelas son las deficiencias físicas, intelectuales, orgánicas y sensoriales y los perjuicios estéticos que permanezcan después del proceso de curación.

Para fijar el importe de la indemnización se tiene en cuenta los siguientes factores:

  • Identificación de la secuela, conforme a lo previsto en el baremo médico contenido en la tabla 2.A.1 del Anexo de la citada ley.
  • Valoración de la secuela, según la intensidad de los síntomas y las limitaciones funcionales que produce la secuela.
  • Cuantificación de la secuela, teniendo en cuenta la edad del lesionado y la valoración de la secuela, se aplicará el baremo económico establecido en la Ley.

Indemnización por fallecimiento

Si después de la curación o estabilización pero antes de fijar la indemnización, fallece la víctima del accidente de tráfico, tienen derecho a recibir la indemnización por perjuicio personal básico:

  1. Cónyuge viudo: Se equipara al cónyuge viudo, la pareja de hecho de la víctima. Para el cálculo de la indemnización se tienen en cuenta los años de convivencia y la edad de la víctima.
  2. Ascendientes: Cada progenitor de la víctima recibe un importe fijo que varía según el hijo fallecido tenga hasta 30 años o más de 30 años. Si se trata de los abuelos, por fallecimiento previo de los progenitores de la víctima, perciben un importe fijo con independencia de la edad del nieto fallecido.
  3. Descendientes: Cada hijo recibe una cantidad fija que varía en función de su edad: hasta 14 años, desde 14 hasta 20 años, desde 20 hasta 30 años, más de 30 años.  También los nietos, si los hijos de la víctima de accidente de circulación han fallecido antes, tienen derecho a recibir indemnización cualquiera que sea su edad.
  4. Hermanos: Cada hermano recibe una cantidad fija que varía en función de su edad, según tenga hasta 30 años o más de 30 años.
  5. Allegados: Es decir, cualquier persona cercana a la víctima en parentesco o afectividad que haya convivido familiarmente con ella un mínimo de 5 años anteriores al fallecimiento.

Asesórate con abogados especialistas en accidentes de tráfico

Si ha sido víctima de un accidente de tráfico es siempre recomendable que consulte con un abogado especialista en accidentes de tráfico particular.

No es recomendable que encargue su defensa al abogado recomendado por la compañía aseguradora, ya que sus incentivos no serán los mismos.

Debe saber que tiene derecho a la libre elección de abogado para la reclamación de accidentes de tráfico, corriendo generalmente los honorarios de dicho profesional a cargo de la compañía aseguradora aunque no sea el abogado recomendado.

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